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Padrones: reclamos por errores hasta el 8 de marzo

Además se habilitó, también para consultas, la línea telefónica gratuita 0800 888-6478, que funciona de 7 a 20 horas los días hábiles. En caso de errores, los ciudadanos deberán completar un formulario que luego será girado al Tribunal Electoral.

La exhibición de los registros provisorios se realiza desde el 21 de febrero de acuerdo a lo prescripto por el Código Electoral Nacional, de modo que si se detectan errores u omisiones los ciudadanos puedan hacer el reclamo correspondiente y figurar en los padrones definitivos.

A continuación se detallan las posibles causas de denuncia:

>> Error en los datos: cuando el elector figura en el padrón pero hay un error u omisión en alguno de sus datos (respecto de los consignados en su documento).

>> Ubicación incorrecta: cuando el ciudadano figura en el padrón pero en otra localidad o domicilio respecto del último cambio anotado en su Documento de Identidad, siempre y cuando el cambio de domicilio se haya efectuado antes del 25 de enero de 2011.

>> No figurar en el padrón: en los registros provisorios deben figurar todos los ciudadanos que cumplan 18 años aun el día de la elección (22 de mayo inclusive). Quienes hayan sido omitidos pueden reclamar su inclusión, siempre y cuando el cambio de domicilio se haya efectuado antes del 25 de enero de 2011.

CÓMO EFECTUAR EL RECLAMO

Los ciudadanos deben completar el “Formulario para recepción de reclamo” que se encuentre disponible en las localidades de la provincia, en las oficinas habilitadas a tal efecto, es decir juzgados comunales, Registro Civil, correo y municipalidades y comunas.

Asimismo, hay formularios disponibles (y se reciben reclamos) en la sede de la Secretaría Electoral de la provincia (bulevar Pellegrini 2947, Santa Fe), en la Delegación Rosario de la Secretaría Electoral (Santa Fe 1950, subsuelo); en la delegación del gobierno de la provincia en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (25 de mayo 168) o en la Junta Electoral Nacional de la ciudad de Santa Fe (Urquiza 3046).

Además del formulario debidamente completado, los reclamantes deben adjuntar fotocopias certificadas por autoridad competente (policial, judicial, electoral, etcétera) de las primeras hojas del documento de identidad y de aquellas páginas en las que figuren los dos últimos cambios de domicilio, más la primer casilla en blanco destinada a cambios de domicilio. En el caso de documentos de nuevo formato (Mercosur), deberá agregarse además fotocopia donde conste el tipo y fecha en que fue otorgado.

Los formularios serán luego enviados por las oficinas receptoras a la Secretaría del Tribunal Electoral de la provincia.-

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