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Locales

Escrutinio definitivo: comenzó la difusión de datos y hay polémica

El Tribunal Electoral provincial comenzó a comunicar este martes los resultados del escrutinio definitivo de las elecciones primarias del 13 de agosto. Son los únicos datos con validez jurídica y, de hecho, los que determinan qué listas pasan a la elección general del 22 de octubre.

Los parámetros que se establecieron para tomar esa decisión generaron una fuerte controversia en partidos minoritarios que denunciaron una “manipulación”, con el fin de “proscribir” a dichas expresiones.

Según anunció el Tribunal Electoral, los partidos que pasarán a la general serán aquellos que, como sostiene la ley, hayan alcanzado el 1,5 por ciento del padrón electoral. En tanto, dentro de ellos, lo harán aquellas listas que -también de acuerdo con lo que dice la norma vigente-, hayan obtenido el 1,5 por ciento de los votos emitidos.

El Tribunal interpretó que, en pos de una mayor participación, cuando ninguna nómina del partido que pasó a la general haya alcanzado el piso requerido, pasarán todas a la general a través de una única nómina que se integrará mediante sistema D‘Hont. Aquí radica uno de los ejes de la polémica, que llevó a algunos sectores a hablar de una suerte de “ley de lemas encubierta”.

Pisos

Durante todo el fin de semana, los apoderados esencialmente de la izquierda hablaron de un “cambio de criterio” de las autoridades del Tribunal Electoral, y para fundamentarlo, contaron que durante el desarrollo del escrutinio definitivo, el secretario Electoral, Patricio Pascual, había enfatizado que el criterio para pasar a la general era el 1,5 por ciento de los votos emitidos, siempre que esos partidos hubiesen presentado una sola lista.

Ese “parámetro” fue explicitado por Pascual, incluso, en declaraciones a los medios. Cuando el viernes por la tarde, el Tribunal anunció que para todos los casos se adoptaría el criterio del 1,5 por ciento del padrón, los apoderados que habían escuchado a Pascual comenzaron a denunciar el cambio de criterio. Pero no hablaron de una equivocación del funcionario; al contrario, lo reivindicaron.

Consultado por El Litoral, Octavio Crivaro, de Izquierda Unida explicó que Pascual sustentaba sus dichos en un antecedente concreto: dos resoluciones (autos N° 693 y 695) de 2015 en las que se interpretó que era injusto exigirle a un partido con una sola lista el mismo piso (1,5 por ciento del padrón) que a los partidos que participaron con varias. En esa ocasión se estipuló, entonces, que podían participar de la general aquellos partidos con lista única que hubieran alcanzado el 1,5 por ciento de los votos emitidos.

Según Crivaro, Pascual “no se equivocó”, sino que ahora el Tribunal está “desoyendo” aquel antecedente jurídico, que ya dejó fuera de competencia a la lista de concejales de su partido en la ciudad de Rosario (encabezada por Virginia Grisolía), y también a la lista Barrio 88 de Santa Fe.

Pareceres

Este martes por la mañana, en diálogo con la prensa, el ministro de Gobierno, Pablo Farías, confió en el criterio anunciado por el Tribunal Electoral. “El Tribunal -aclaró en primer lugar-, funciona de manera autónoma. Se planteó un criterio de interpretación que, por lo manifestado por el Dr. Daniel Erbetta, se ajusta al texto de la ley. Nosotros confiamos en que eso sea así y sea correcto. Esperamos que el resultado que se publica en estos momentos dé el mayor grado de participación. Para el gobierno, cuanta mayor participación se brinde, es bueno para la democracia. De todos modos, si alguna fuerza no está de acuerdo con los criterios, tiene la posibilidad de reclamar, que sea analizado y que haya una respuesta definitiva”, expresó.

Farías negó que haya habido “errores” o discrepancias entre lo que se comunicó durante el escrutinio y lo que se terminó anunciando como decisión. “Que yo sepa, no. No ha habido discrepancias. En definitiva, lo que vale es la resolución firmada por el tribunal. Lo demás puede haber sido un intercambio de pareceres, conversaciones sobre este tema... Pero la cuestión definitiva es la que resuelve el Tribunal”, concluyó.

Antecedente y Ley de Lemas rediviva

Para el constitucionalista Domingo Rondina, la discusión surge a partir del artículo 9 de la ley electoral, que “en su primer párrafo dice que el 1,5 del padrón es para los partidos que pasan a la general, y en su cuarto párrafo sostiene que -superado ese umbral- se aplica el 1,5 del total de votos emitidos para distribuir cargos al armar la lista definitiva”. “En 2015 -recordó-, el Tribunal electoral entendió que cuando un partido tenía una única lista, no se aplicaba el primer párrafo, sino directamente el cuarto, ya que el primero tiene su lógica cuando hay competencia interna y suman entre dos o más listas. Ahora -alertó-, se quiere aplicar el primer párrafo a todos”.

Asimismo, Rondina planteó que “pretenden no aplicar el cuarto párrafo del artículo de la ley citada a quien logró pasar el 1,5 por ciento del padrón. Esto deriva en una la situación escandalosa contraria a la voluntad popular ya que (por ejemplo) el candidato a concejal de Barrio 88 con 4200 votos no pasa, y la candidata de Espacio Grande sí pasa con sólo 1900. Quedamos así ante una ley de lemas rediviva por acción judicial: una lista menos votada avanza por acumulación de espacio, y una más votada no pasa por no haber inventado suficientes sellos de goma”, graficó.

“Lo ideal en estos asuntos -sugirió- es que los legisladores hagan leyes más precisas y claras, para evitar que la interpretación de las cuestiones electorales quede en manos de los jueces que justamente son la pata del poder más lejana a la soberanía popular”.

Fuente: El Litoral

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