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Restricciones para camiones en las rutas de la zona

 

La Agencia Nacional de Seguridad Vial, dependiente del Ministerio del Interior de la Nación, ha dispuesto restricciones a la circulación de vehículos de transporte automotor de cargas generales y de mercancías y residuos peligrosos, para evitar siniestros durante las fechas festivas y vacaciones de verano.

 


 

La restricción se aplica a la circulación de vehículos de transporte categorías N2, N3, O, O3 y O4, conforme a lo establecido en el Artículo 28, Anexo 1 del Decreto Nº 779/1995, reglamentario de la Ley Nº 24.449.

 


 

La restricción se aplicará hoy de 18 a 23:59; mañana de 8 a las 14; y el 1º de enero de 2011, de 18 a 23:59.

 


 

Además, la medida prevé la restricción para época de vacaciones con el siguiente cronograma: 2 y 14 de enero de 18 a 23:59; 15 de enero de 8 a las 14; 16, 28, 30 y 31 de enero de 18 a 23:59; 1º de febrero de 8 a las 14; 14 de febrero de 18 a 23:59; 15 de febrero de 8 a las 14; 28 de febrero,  4 y 8 de marzo, 20, 21 y 24 de abril de 18 a 23:59.

 


 

Quedan exceptuados de esta medida los vehículos de transporte de leche cruda; de animales vivos; de productos frutihortícolas en tránsito; de prensa y de unidades móviles de medios de comunicación audiovisuales; de atención de emergencias; de asistencia de vehículos averiados o accidentados; de cisterna de traslado de combustibles y de Gas Natural Comprimido; de transporte de gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios, así como de gases transportados a particulares para asistencia sanitaria domiciliaria cuando se acredite que se transportan a dichos destinos; de medicinas; y de disposición final de residuos sólidos urbanos.

 

CAMIONES RESTRICCION RUTAS
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