El presidente comunal de Progreso, Julio Müller, se refirió a la situación que vive la localidad con el aumento de casos de Covid y las consecuentes restricciones a la circulación nocturna.
En diálogo con la CSC Radio, Müller se manifestó “preocupados y ocupados porque el miedo paraliza y no ayuda para nada” y en tal sentido admitió que en la localidad “se está viviendo una situación difícil”.
Comentó que “desde que arrancó la pandemia hace un año hubo 170 casos, de los cuales 70 se dieron en los últimos 20 días, a partir de los primeros días de marzo” con lo cual “estamos muy preocupados y ocupados, tratando de ver de qué forma se soluciona”.
De todos modos, reconoció que “no hay muchas formas si no tomamos conciencia cada uno de los habitantes de lo que tenemos que hacer”.
En ese marco, dijo que “con la gente de Salud, del Comité de Emergencia, y junto al senador que está continuamente con nosotros, y el Ministerio de Salud de la provincia se intercambiaron ideas de cómo actuar y pedimos que nos acompañen en estas medidas para restringir la circulación en horarios nocturnos”.
“Sabemos que si la gente no circula, el virus no circula, y más allá de que sabemos que alguna decisión pueda perjudicar alguna actividad laboral, también sabemos que si no tomamos algunas medidas, no hay forma de parar la situación”, justificó.
En cuanto a las disposiciones, aclaró que “solamente se restringe la circulación nocturna pero lo demás sigue todo normal, no se restringe ningún tipo de actividad”. En tal sentido, planteó que “lo ideal para controlar los contagios es ser responsables de forma individual y volver a Fase 1 sin decreto, ir a trabajar cada uno a su actividad, volver a los domicilios, hacer las compras de cualquier tipo pero lo justo y necesario y evitar cualquier reunión social”.
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La Resolución comunal
ARTICULO 1º- Restringir la circulación de lunes a jueves desde las 23 horas, y los días viernes, sábados y domingos desde las 24 horas, en ambos casos hasta las 6 de la mañana.
ARTICULO 2°- Adecuar a dicho límite horario las actividades de los locales gastronómicos (bares, comedores, heladerías, etc.), que deberán cerrar sus puertas en los horarios señalados.
ARTICULO 3°- Establecer que las actividades deportivas sólo podrán realizarse hasta las 21.30 horas.
ARTICULO 4°- Disponer que las reuniones familiares o afectivas tendrán un límite de diez (10) personas.
ARTICULO 5°- Las instituciones religiosas y culturales deberán limitar su concurrencia al espacio disponible de cada establecimiento, debiendo garantizar una distancia mínima de dos (2) metros entre cada asistente.
ARTICULO 6°- Los horarios establecidos en los artículos precedentes entraran en vigencia a partir de la hora cero del día domingo 21 de marzo de 2.021 por el término de catorce días corridos.
ARTÍCULO 7º- Fijar multas de entre 100 U.F.a 500 U.F. para quienes infrinjan lo dispuesto por la presente.