Así lo informó la secretaria de Energía de la provincia, Verónica Gesse. Son 113.000 los clientes de la EPE los que están en condiciones de acceder la tarifa social que incluye a jubilados y pensionados, personas con monotributo social y planes sociales. “Los que consuman menos de 150 kilovatios no van a pagar la energía por lo que el aumento no se va a notar”, explicó Geese.
Según un entrecruzamiento de datos que realizó la empresa provincial con el Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social (SINTyS), unos 133 mil usuarios santafesinos reúnen los requisitos para acceder a la tarifa social nacional, lo que implica que los primeros 150 kilovatios hora por mes serán subsidiados por el Estado nacional. Será clave no superar ese consumo para no quedar afuera.
Este beneficio “contempla un universo de jubilados y pensionados, personas con monotributo social, planes sociales y tiene exclusiones como tener más de una propiedad, vehículos aeronaves, etc.”, explicó a LT10 la secretaria de Energía de la provincia, Verónica Geese.
Asimismo indicó que “lo que estuvimos haciendo fue el control para ver la cantidad de clientes que podían acceder y son 133.000. Por eso estamos lanzando este tema para que la gente esté atenta a esta situación”.
En ese sentido indicó que “la provincia de Santa Fe tiene dos tarifas sociales que ya existen y van a seguir existiendo. Se incorpora lo que tuvo tanta repercusión que es la tarifa social nacional” dado que “nos confirmaron que es para todo el país y se realiza un entrecruzamiento de datos y nos da ese número, son personas que pagan la tarifa residencia normal pero pueden acceder a este beneficio” pero “nadie va a dejar de tener la tarifa social de EPE”, aclaró.
Esto quiere decir que quienes consuman menos de “150 kilovatios no van a pagar la energía. Van a pagar el valor agregado de distribución de la EPE y los impuestos correspondientes a ese valor agregado”.
Por último, Geese, indicó que el beneficio “va a ser automático, la empresa está analizando si se deberá hacer algún trámite posterior pero por ahora no”.
Según la resolución nacional 7/2016, pueden acceder al beneficio:
Beneficiarias/os de programas sociales.
Jubilados/as y/o pensionados/as que perciban haberes mensuales brutos por un total menor o igual a dos veces la jubilación mínima nacional: $8.598,12 vigente hasta febrero 2016 inclusive según Resolución A 396/2015 de la Administración Nacional de la Seguridad Social.
Trabajadores/as con remuneraciones mensuales brutas por un total menor o igual a dos Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM): $12.120 según Resolución A 4/2015 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil vigente a partir de enero 2016.
Personas con discapacidad.
Inscriptas/os en el Monotributo Social.
Empleadas/os del servicio doméstico.
Personas que cobren Seguro de Desempleo.
No podrán acceder al beneficio quienes sean titulares de más de un inmueble, posean automotores de hasta 15 años de antigüedad, embarcaciones o aeronaves, ó si el servicio está a nombre de otra persona.
Fuente: Notife.com