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Regionales

Con Las Colonias en "Alto Riesgo" epidemiológico estas son las restricciones anunciadas por Alberto Fernández

 

Dos departamentos de Santa Fe (Rosario y San Lorenzo) están en "Situación de Alarma". Las Colonias, La Capital y Castellanos en "Alto Riesgo". En las últimas horas se conoció el decreto del presidente que fija en detalle las restricciones hasta el 21 de mayo.

 

 

 

 

Como estaba previsto, el Gobierno publicó este sábado en el Boletín Oficial el Decreto 287/2021, el cual estableció las nuevas restricciones anunciadas más temprano por el presidente Alberto Fernández y que regirán hasta el próximo 21 de mayo, con el objetivo de disminuir los casos de coronavirus en plena segunda ola de contagios.

 

El documento, firmado por el mandatario nacional, el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y todos los ministros, tiene por objeto “establecer medidas generales de prevención respecto de la COVID-19 que se aplicarán en todo el país, y disposiciones locales y focalizadas”.

 

Además, la norma faculta a Cafiero, a los gobernadores de las provincias y al jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, a adoptar limitaciones más estrictas “ante la verificación de determinados parámetros epidemiológicos, con el fin de mitigar la propagación del virus”.

 

 

Para esto, sobre la base del aumento de casos en últimos 14 días (Razón), de la cantidad de infectados sobre el total de la población (incidencia) y de la ocupación de camas de terapia intensiva, el Poder Ejecutivo dividió a la Argentina en cuatro zonas: siguiendo esos parámetros, lo departamentos del país podrán ser considerados de “Bajo”, “Mediano” y “Alto” Riesgo Epidemiológico y Sanitario, o pasarán a estar en “Situación de Alarma”.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Medidas generales para todas las jurisdicciones:

 

 

 

❌ VIAJES GRUPALES: Se suspenden los viajes grupales de Egresados y Egresadas, de Estudio y de Grupos Turísticos.

 

 

 

❌ REUNIONES SOCIALES: Se suspenden las reuniones sociales de más de 10 personas.

 

 

 

😷 PERSONAS DE RIESGO: Suspensión de asistencia al trabajo para personas de riesgo.

 

 

 

TELETRABAJO: Se fomentará el teletrabajo para aquellos trabajadores y aquellas trabajadoras que puedan realizar su actividad laboral bajo esta modalidad.

 

 

 

CLASES PRESENCIALES. Si bien el Decreto establece que se mantendrán la presencialidad en todo el país, salvo las excepciones dispuestas por el gobierno nacional, también aclara que los gobernadores y el jefe de Gobierno porteño “podrán suspender en forma temporaria” estas actividades, aunque remarca que “solo en caso de haber dispuesto por sí la suspensión de clases, podrán disponer por sí su reinicio, según la evaluación de riesgo”.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Medida específica para las zonas de Riesgo Sanitario y Epidemiológico Medio (de más de 40.000 habitantes - Indicadores: a) Razón: 0.8 a 1.2, y b) Incidencia: entre 50 a 150 casos c/ 100.000 personas):

 

 

 

❌ Es facultad y responsabilidad de gobernadores/as adoptar en forma temprana medidas que disminuyan la circulación para prevenir los contagios.

 

 

 

Medidas para las zonas de Alto Riesgo Sanitario y Epidemiológico (de más de 40.000 habitantes – Indicadores: a) Razón: mayor a 1.20, y b) Incidencia: mayor a 150 c/ 100.000 personas):

 

 

 

❌ REUNIONES SOCIALES:

 

- Se suspenden actividades sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.

 

- Se suspenden reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 10 personas.

 

 

 

❌ DEPORTES: La práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas.

 

 

 

❌Casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta.

 

 

 

⏰ HORARIO DE CIERRE GASTRONOMÍA: Se establece el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23 horas.

 

 

 

❌ PROHIBICIÓN DE CIRCULACIÓN: Se prohíbe la circulación entre las 00.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. (Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar).

 

 

 

📌 AFORO: Se establece un aforo de 30% para eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos, cines, teatros, clubes, centros culturales y afines; locales gastronómicos; gimnasios.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

👉🏻 DISPOSICIONES LOCALES Y FOCALIZADAS DE CONTENCIÓN: para limitar la circulación por horarios, por zonas o determinadas actividades, teniendo en cuenta el estatus sanitario. Estas medidas podrán adoptarse también en los lugares de alto riesgo o riesgo medio y respecto de partidos y departamentos de menos de 40.000 habitantes.

 

 

 

Medidas para zonas en Alerta (de más de 300.000 habitantes. Indicadores: a) Razón: igual o superior a 500, y b) el porcentaje de ocupación de camas de terapia intensiva sea mayor al 80 por ciento):

 

 

 

❌ACTIVIDADES SUSPENDIDAS

 

❌ Centros comerciales y shoppings.

 

❌ Las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas en lugares cerrados.

 

❌ Locales comerciales entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente, con excepción de los esenciales con horario nocturno.

 

📌 Restricción en ámbito educativo.

 

Se suspenden las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en todos los niveles. 💻

 

❌ DEPORTES: Se prohíben los deportes grupales.

 

❌Casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta.

 

⏰ HORARIO DE CIERRE GASTRONOMÍA: entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente. Luego de las 19 podrán continuar bajo las modalidades delivery. En los horarios autorizados de funcionamiento, solo podrán atender a sus clientes en espacios habilitados al aire libre.

 

❌ PROHIBICIÓN DE CIRCULACIÓN: Se prohíbe la circulación entre las 20.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. (Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar).

 

❌ TRANSPORTE PÚBLICO: solo para esenciales y autorizados.

 

 

 

 

 

 

Entre los considerandos del decreto publicado este sábado, el Gobierno señaló que estas medidas se tomaron teniendo en cuenta que “en Argentina, hay transmisión comunitaria de nuevas variantes” del coronavirus, entre ellas las que son originarias en Reino Unido y en Brasil.

 

 

 

 

 

Además, se remarcó que “en el AMBA más del 50% de las muestras secuenciadas correspondieron” a estas dos cepas, pero también a la variante sudafricana, mientras que “las jurisdicciones con mayor ocupación promedio de camas de terapia intensiva son las provincias de Mendoza, Santa Fe, Río Negro y La Rioja; la Ciudad Autónoma de Buenos Aires” y su región metropolitana.

 

 

 

 

 

El decreto de restricciones de Perotti

 

 

 

 

 

El gobernador anunciará el domingo las restricciones para las próximas semanas descartando la suspensión de clases. Habría un adelanto en el cierre de las actividades para los departamentos de Alto Riesgo (Rosario y San Lorenzo) y habría ajustes en controles.

 

 

 

 

 

Se analiza la posible suspensión de la práctica de deportes grupales y el adelantamiento del cierre de los locales gastronómicos, aunque eso dependerá de afectar a toda la provincia o simplemente las zonas críticas.

 

 

 

 

 

 

 

 

Fuente Infobae - La Capital - EDXD

CORONAVIRUS COVID 19 LAS COLONIAS NACION RESTRICCIONES santa fe
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