El juez de Sentencia Cristian Fiz condenó a una banda de siete colombianos, atrapados en territorio provincial a mediados de 2011, luego de perpetrar un verdadero raid delictivo en cinco poblaciones diferentes, con un total de una docena de hechos denunciados.
La resolución, que esta mañana estaba siendo notificada a las partes, alcanza a Jeisson Eduardo Navarrete, Rodrigo Sárate Becerra, Wilson Javier González Pinzón y Oscar Maldonado Rodríguez. Los cuatro recibieron una sanción de 10 años de cárcel de cumplimiento efectivo.
Mientras que Juan Esteban Ochoa Castro, Cristian Camilo Guerrero y César Augusto Giménez Rondón, fueron condenados a 12 años de prisión, todos ellos como “coautores de los delitos de robo agravado en poblado y en banda, y por el uso de arma de fuego cuya aptitud para el disparo no ha podido acreditarse; robo agravado por ser cometido en poblado y en banda reiterados en 9 oportunidades; hurto calificado por escalamiento y asociación ilícita, todo en concurso real entre sí”.
Asimismo, el magistrado rechazó los planteos de nulidad propuestos por las defensas, representadas por los abogados Sandra Arredondo, Claudio Torres del Sel, Juan José Patiño, Eduardo Jauchen y Leandro Aguilar. Y cuatro de los presos -Maldonado Rodríguez, Ochoa Castro, Guerrero y Giménez Rondón- fueron declarados reincidentes.
Aunque cada uno de los imputados manifestó su intención de apelar la sentencia, en caso de quedar firme, ésta vencerá a mediados de 2021 y 2023, de acuerdo a cada caso.
Raid delictivo
La banda de colombianos fue atrapada el 18 de junio de 2011, cuando circulaba por la Ruta Nacional Nº 11, unos 80 km al norte de la capital provincial, a la altura del peaje de Videla. Personal de la Unidad Regional XVI del departamento San Justo los atrapó a bordo de dos autos de alquiler, un Peugeot 207 y un Ford Fiesta Energy MP3, cuando regresaban de la localidad de Gobernador Crespo, donde habían perpetrado el último robo.
En total se le atribuyeron 12 hechos ocurridos en Santa Fe, Rafaela, Progreso, Gobernador Crespo, Reconquista y Avellaneda durante el período que abarca desde el 11 al 17 de junio de 2011. De todos ellos sólo uno de los casos no pudo ser probado por la Justicia y fueron absueltos.
La banda llegó a la etapa de juicio luego de que el juez de Instrucción Sexta, Sergio Carraro, los procesara, tras una ardua investigación, que contó con la colaboración de los juzgados de Instrucción de Rafaela y Reconquista.
Por su parte, el fiscal Nº 7, Jorge Andrés, quien había solicitado la elevación de la causa a juicio, pidió penas que iban de los 15 a los 20 años de prisión, atendiendo a los antecedentes penales que registran algunos de ellos en su país de origen.
“Ninguna duda”
“Luego de proceder a la evaluación de las pruebas entiendo que existen elementos suficientes para arribar a una sentencia condenatoria tal cual peticiona el fiscal por los delitos que fueron traídos a juicio”, adelantó el juez Fiz en los considerandos.
A su vez, destacó la labor del personal de la Agrupación Unidades Especiales de la Unidad Regional XVI, que “a partir de un operativo montado procedieron a la aprehensión de los acusados”.
“No sólo se logró detener a los acusados de nacionalidad colombiana circulando al mismo tiempo en dos vehículos de alquiler, sino que se ha comprobado que en los vehículos trasladaban objetos de valor, como así también sumas de dinero, que posteriormente se comprobó que habían sustraído días previos en un verdadero raid delictivo por varias localidades de esta provincia”, subrayó.
Por último, el juez Fiz, a cargo del Juzgado de Sentencia Nº 6, resaltó que “no queda ninguna duda de que nos encontramos en presencia de un grupo de siete personas que integran una banda, destinada a efectuar un verdadero raid delictivo en la zona, el cual llevaron finalmente a cabo, organizándose de manera tal que asolaron diferentes localidades de nuestra provincia”.
No eran turistas
“No existe argumento lógico y válido que permita justificar la presencia de los imputados de nacionalidad extranjera en dichos lugares de esta provincia, ni siquiera se puede evaluar el débil argumento de que vinieron a observar partidos de la Copa América (desarrollados en esa época) o conocer las Cataratas del Iguazú, tal cual se esbozó como argumento de defensa, dado que en manera alguna guardan relación los lugares en los que se cometieron los hechos ilícitos, con tales propósitos turísticos”, manifestó el juez Cristian Fiz en la sentencia.
Julio Salierno - El Litoral