El fallo firmado por cinco de los siete ministros del máximo tribunal de Justicia de la provincia de Santa Fe, ratifica que la paritaria municipal que discute salarios a nivel provincial se opone a las cláusulas de la Constitución Nacional y al ordenamiento jurídico para la negociación colectiva en el Departamento Las Colonias.
La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe este 11 de agosto publicó dos fallos que ratifican que la paritaria municipal provincial es inconstitucional e inaplicable en el Departamento Las Colonias, donde la APM es la única organización gremial con facultades legales para llevar adelante su programa de acción y requerir al Ministerio de Trabajo de la provincia de Santa Fe la convocatoria a reuniones con las autoridades municipales y comunales en ronda de negociación colectiva.
Los fallos contra la Provincia y la Festram que habían recurrido a la Corte Suprema de Justicia, rechazan por insuficientes estos recursos y reafirma lo ratificado en el fallo de la Cámara de Apelación Laboral Sala 1 de la ciudad de Santa Fe el 21 de noviembre de 2024, que la APM goza de las facultades para... "llevar adelante su propio programa de acción para poder negociar colectivamente con las autoridades competente del departamento Las Colonias, pudiendo efectuar convocatoria en los límites de su actuación estatutaria, para el procedimiento previsto en la Ley 14.250, a la que la Provincia deberá ajustar su constitución de la unidad de negociación"... claro y contundente.
El pronunciamiento judicial lleva la firma de los ministros Roberto Falistocco (presidente), Jorge Baclini, Rafael Gutierrez, Eduardo Spuler y Margarita Zabalza. El mismo tuvo como tribunal de origen la Sala Primera de la Cámara de Apelación en la Laboral de Santa Fe y la anterior intervención de la Sala Segunda de la Cámara de Apelación en lo Laboral de Santa Fe.
Aquí el fallo judicial completo de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia: