En un fallo unánime de la Cámara de Apelación Laboral se ordena suspender la Ordenanza 3882 de Esperanza hasta que se resuelva la cuestión de fondo que interpela la constitucionalidad de la norma. La decisión está vigente para la Cadena de Supermercados DAR.
Mientras se discute en la Corte Suprema de Justicia la constitucionalidad de la ley de descanso dominical provincial a la cual se adhirió la Municipalidad de Esperanza, una Cámara Laboral ordenó "la suspensión precautoria por parte de la Municipalidad de Esperanza y/o cualquier otro órgano público de realizar cualquier tipo de acto destinado a la aplicación y/o cumplimiento y/o ejecución de la ordenanza municipal n° 3882 en relación al establecimiento".
La decisión de la Sala II de la Cámara de Apelación Laboral fue tomada por unanimidad por los jueces Alzueta, Coppoletta y Machado y ordena suspender la aplicación de la ordenanza local hasta tanto se sustancie la cuestión definitiva que es la discusión de constitucionalidad que la Cadena DAR y otros supermercados plantean ante la provincia de Santa Fe.
La Cámara Laboral cuestiona el fallo de primera instancia del juez laboral de Esperanza y ordena no aplicarle la ordenanza a la Cadena Dar la cual podrá abrir normalmente todos los días de la semana sin que mere discriminación alguna sobre superficie comercial y día de apertura.
Sin mediar otra disposición la cadena comercial rosarina que tiene su sucursal en nuestra ciudad podrá abrir sus puertas normalmente durante el fin de semana y discutirá cada una de las multas aplicadas por la intendente Ana Meiners y su equipo, una vez que se conozca el fallo sobre la constitucionalidad de la ley provincial que está siendo seriamente discutida en la justicia.
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