Ante la presencia de altas temperaturas y la importante sequía que afecta a la región, los Bomberos Voluntarios de Esperanza, solicitan a los vecinos de la ciudad y a los productores agropecuarios a colaborar tomando medidas de prevención para evitar siniestros, para lo cual es imprescindible no quemar basuras o malezas.
Una vez encendido el fuego, puede desatarse el descontrol del mismo con consecuencias imprevisibles.
LEY NACIONAL Nº 26331- Año 2007 (Presupuestos mínimos de protección ambiental y bosques nativos) -LEY NACIONAL Nº 26562 – Año 2009: (Presupuestos mínimos de protección ambiental, para control de actividades de quema).
Ambas leyes prohíben en todo el territorio nacional la eliminación de vegetación o residuos mediante el uso del fuego, sin la autorización de la autoridad local competente y contempla el Plan Nacional del Fuego, fijando la autoridad de aplicación y las sanciones por infracciones que se cometan.
La Provincia de Santa Fe se adhirió mediante Decreto 042 y dispone como autoridad de aplicación en su territorio a la Secretaría de Ambiente y Recursos Sustentables de la Provincia, disponiendo como responsable del Plan Nacional del Fuego a la Ingeniera Reuteman (TE 0342 – 4579210).
Se establece que el desmonte o manejo de bosques nativos requiere autorización previa de la autoridad de aplicación y prohíbe la quema a cielo abierto de residuos derivados de desmontes o aprovechamiento sustentable.