Nacionales

Monotributo: llega la recategorización

En este lapso están obligados quienes, en función de la facturación que tuvieron en los últimos 12 meses, deban cambiar de categoría dentro del esquema del impuesto. Y también quienes, aún sin modificaciones en sus ingresos, estén en las categorías de la F a la K.

 

Esta última exigencia tiene que ver con una nueva disposición legal, que implica que una vez al año debe hacerse el trámite de recategorización, aunque sea para ratificar la ubicación dentro del esquema del régimen simplificado de contribuyentes.

 

Si bien se había dispuesto que ese nuevo trámite obligatorio deberá hacerse cada año en el mes de septiembre, por esta vez la AFIP dispuso segmentar el calendario. Así, la ratificación de categoría para quienes están ubicados en las letras D y E deberá hacerse entre el 1° y el 20 de octubre. En tanto, para las categorías B y C el período será del 1° al 20 de noviembre, mientras que quienes están en la letra A y no hayan incrementado su facturación en el último año, deberán confirmar esa ubicación entre el 1° y el 20 de diciembre próximo.

 

El trámite se realiza en la web, ingresando con clave fiscal en www.afip.gob.ar o bien en www.monotributo.afip.gob.ar

 

 

afip MONOTRIBUTO RECATEGORIZACION

Estás navegando la versión AMP

Leé la nota completa en la web