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Fallo judicial por la tasa por hectárea: “La tasa es por la contraprestación de un servicio”

Caminos rurales con poco mantenimiento
Crédito: @EliThi

Alonso explicó que “el fallo es contra una comuna de la zona norte de la provincia que estaba cobrando una deuda de tasa por hectárea o tasa rural o tasa de caminos como se le dice, y ese fallo desobliga al contribuyente a pagar porque no tiene la suficiente forma de conocer en qué se gastó su dinero, e incluso sostiene que debe haber una proporcionalidad entre lo que se paga y las obras realizadas”.

Apuntó que “la tasa es por la contraprestación de un servicio, uno paga una tasa para limpieza del camino, para el alumbrado, barrido de las calles, la tasa inmobiliaria, y lo interesante del fallo es que dispone que debe haber un acceso a la información pública, es decir que los contribuyentes debemos saber o conocer en qué se gastan los dineros que aportamos para esa tasa. Es decir que esa tasa de caminos debe ir a una cuenta especial y a partir de ello figurar las acciones que se hacen con ese dinero: las obras, las máquinas, los hombres que trabajan, los gastos, el combustible, etc. para el arreglo de los caminos rurales, que sería la contribución de esa tasa”.

En declaraciones realizadas a Play Televisión, el dirigente también señaló que esto “en general, es un reclamo de toda la provincia, lo vemos en Carsfe donde nos juntamos mensualmente y de todas las Sociedades Rurales con disparidad total del cobro, en Esperanza se cobra cuatro litros de gasoil por hectárea, pero hay comunas que cobran 8, 9 o 10, de acuerdo a la cercanía, a si tienen ripio o no, al mantenimiento del mismo”.

Y para finalizar, remarcó que “es muy importante el acceso a la información de qué se hace con el dinero de las tasas, y este fallo en eso tiene bastante consideración, que los contribuyentes tengan certeza de que lo que se paga se ocupa para eso”.

Caminos rurales deteriorados en la provincia - Foto @EliThi

El fallo judicial

En un reciente fallo de la Cámara de Apelación Civil, Comercial y Laboral de Reconquista, los magistrados María Eugenia Chapero, Santiago Andrés Dalla Fontana y Mauricio Sánchez determinaron la inconstitucionalidad del artículo 8 de la Ley 5066, que vía juicio de “apremios fiscales” les da a las comunas la potestad del cobro, desconociendo todo argumento a favor de los productores.

Incluso donde las administraciones locales ni siquiera cuentan con máquinas para las obras requeridas como contraprestación, el reclamo legal de los contribuyentes era desestimado sistemáticamente.

La sentencia, que sentaría jurisprudencia en favor de productores de otros distritos, incluso a nivel nacional, se dio en un caso que enfrenta a la Comuna de Villa Ana y una empresa privada, también determina la obligación para el gobierno local de hacer pública la información de lo recaudado por la tasa por hectárea y el monto dispuesto para las obras de mantenimiento de caminos. Incluso, dispone que debe haber una proporcionalidad entre lo que pagan los productores y las tareas efectivamente realizadas.

De esta manera, la resolución da una respuesta integral a un conjunto de reclamos de los productores. Porque además de exigir que su dinero vuelva en obras, advertían sobre la discrecionalidad en la determinación de esas tasas, que cada distrito fija en litros de gasoil sin ningún tipo de argumentación.

 

Municipios y comunas bajo la lupa por falta de transparencia

Uno de los reclamos más recientes lo llevó adelante el Distrito 6 de la Sociedad Rural Argentina, mediante un pedido de acceso a la información pública a todos los municipios y comunas de Santa Fe para que informen cuánto recaudan por este concepto y cómo lo ejecutan en obras.

También en base al derecho a la información pública, el abogado Pablo Torres Barthe viene asesorando a productores de varios distritos de Santa Fe en la implementación de una estrategia que obligue a los gobiernos locales a rendir cuentas. Así consiguieron, por ejemplo, que la comuna de Santa Rosa de Calchines suprima el cobro en zona de islas o bañados, donde no hay red vial que mantener.

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